Decreto 108/00
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Buenos Aires, -3 FEB 2000
VISTO la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE 24 del 29 de diciembre de 1999 y la Resolución de la ex- SECRETARIA DE
DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACION N° 4616 del 26 de
noviembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO
AMBIENTE N° 24/99, se aceptaron
ias renuncias presentadas por los señores Bernabé José Angel ARNAUDO
y Marcelo Antonio NAZAR a los cargos de Presidente y Vocal del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL, respectivamente, disponiéndose asimismo el cese
en sus funciones de Vocales del citado Directorio, de los señores Jesús Hernán MACIEL y Angel José PEDANO.
Que, además, por Resolución de la ex-SECRETARIA DE DESARROLLO
SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4616/99 fue aceptada la renuncia presentada por D. Abraham FLEISMAN al cargo de Vocal del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE ACCION
COOPERATIVA Y MUTUAL.
Que en virtud de
lo expuesto, corresponde designar al Presidente y a los
Vocales del Directorio del mencionado Instituto.
Que por otra parte, resulta oportuno disponer que los Coordinadores de
las Regiones establecidas por la Resolución INACYM N° 241 del 28 de agosto de 1996
serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el articulo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Desígnase Presidenta del Directorio del INSTITUTO
NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL a la señora María Vicenta SANCHEZ GARCIA (DNI
N° 4.833.895) y a los señores Cesar Rafael FARIÑA VANINI (DNI N° 16.453.229) y Marcelo
Leonardo GARCIA (DNI N° 13.575.793) como Vocales de dicho Directorio.
ARTICULO 2°.- Dispónese que los Coordinadores de las Regiones
establecidas por la Resolución INACYM N° 241 del 28 de agosto de 1996 y el Coordinador
General previsto en la Reglamentación aprobada por Resolución INACYM N° 117/97 serán
designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. A tal fin, la Presidenta del Directorio del
citado Instituto, deberá someter a su consideración los nombres de los respectivos
candidatos.
ARTICULO 3°.- Establécese, que en el plazo de TREINTA (30) días de la fecha del dictado del presente,
la citada funcionaria deberá elevar al PODER EJECUTIVO
NACIONAL, para su aprobación, una propuesta de reorganización y
reestructuración de las Regiones establecidas por la Resolución INACYM N° 241/96 y
reglamentadas por la Resolución INACYM N° 117/97.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Direccion Nacional
del Registro Oficial y archíve.
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